Trabajo temporal y PRL, ¿conoces tus derechos y obligaciones?
La campaña de Navidad supondrá más de 1 millón de nuevos contratos, la mayor parte de ellos temporales. ¿Conoces tus derechos y obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales?
Estamos inmersos ya en plena campaña de Navidad, para la que este año se prevé la contratación de 1.034.000 personas, según recoge El País en base a un informe publicado por Adecco. Sin embargo, gran parte de esos nuevos contratos serán de trabajo temporal. Si es tu caso, ¿sabes cuáles son tus derechos y obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales?
La Ley de prevención de Riesgos Laborales establece en su artículo 28 las condiciones de los empleados con relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal. Así destaca que este tipo de trabajadores:
- Deberán disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que el resto de los trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios.
- El empresario deberá garantizar que reciben la información adecuada de los riesgos a los que van a estar expuestos, así como las medidas de protección, prevención y formación necesarias. En este sentido, como ya vimos en un post anterior en Prevenidos, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, independientemente de la duración y el tipo de contrato.
- Tendrán derecho a una vigilancia periódica de su salud.
Sin embargo, si la contratación de un trabajador se realiza a través de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT), se dan algunas particularidades:
Condiciones de contratación a través de empresas de trabajo temporal
Una ETT es una compañía que contrata a trabajadores para ponerlos a disposición de otras empresas con una duración temporal. La normativa establece que, en las relaciones de trabajo a través de una ETT, la empresa usuaria (la que recibe al trabajador contratado por la ETT) será la responsable de las condiciones de la ejecución del trabajo en lo relacionado con la protección de la seguridad y la salud.
Además, también deberá la empresa usuaria garantizar la información y formación necesarias, informando previamente a la ETT de las características de los puestos de trabajo y de las cualificaciones requeridas.
Por su parte, la ETT será responsable del cumplimiento de las obligaciones en materia de formación y vigilancia de la salud, así como de informar a los trabajadores de las características y cualificaciones requeridas para el puesto de trabajo por la empresa usuaria.
Actividades excluidas para la contratación a través de ETT
Existen una serie de actividades y trabajos de especial peligrosidad para los que no se podrán contratar trabajadores de ETT, según lo establecido en el Real Decreto 216/1999. Serán los siguientes:
- Trabajos en obras de construcción que implican riesgos especiales, y que están recogidos en el Anexo II de Real Decreto 1627/1997.
- Trabajos de minería a cielo abierto.
- Trabajos en industrias extractivas por sondeos en superficie terrestre.
- Trabajos en plataformas marinas.
- Trabajos de fabricación, manipulación y utilización de explosivos.
- Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.
- Trabajos con exposición a agentes cancerígenos, mutagénicos o tóxicos.
- Trabajos con exposición a agentes biológicos.
- Trabajos con riesgos eléctricos en alta tensión.
Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención
Cada trabajador, sea cual sea la duración de su contrato, deberá velar por su propia seguridad y salud en el trabajo. Además, con arreglo a su formación y a las instrucciones del empresario, deberá usar adecuadamente máquinas, aparatos o herramientas, así como los equipos de protección facilitados.
También deberá cooperar con la empresa para que pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras, así como informar a sus superiores de cualquier situación que pueda generar un riesgo para su salud o para el resto de trabajadores.
Y es que ya sea un contrato de trabajo temporal, o de cualquier otra modalidad, la formación en prevención de riesgos laborales es fundamental para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
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