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¿CÁNCER LABORAL O CÁNCER PROFESIONAL?

Los últimos datos recogidos a finales de 2017 registraron 50 enfermedades profesionales causadas por agentes cancerígenos

Según datos del último informe de la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM), en números absolutos, España es uno de los países Europeos en los se diagnostican más tumores y en los que fallecen un mayor número de personas por cáncer. El cáncer es una de las principales causas de mortalidad en nuestro país, según la Unión Internacional contra el Cáncer (UICC), cada año mueren 9’6 millones de personas por el cáncerEsta cifra supera las muertes por VIH/SIDA, malaria y tuberculosis en conjunto. Para el año 2040, los expertos estiman que la cantidad de muertes por cáncer se elevará a 16’5 millones.

Debemos distinguir entre dos conceptos: cáncer laboral y profesional. ¿Qué es el cáncer laboral u ocupacional? Se define dicho concepto como “todos los tumores malignos provocados por la exposición a cancerígenos en el trabajo, de relación científica causal epidemiológica y fisiopatológica”.

En cambio, se entiende como cáncer profesional aquel que “su aparición se vincula debido a la exposición de unos agentes concretos y de su presencia en un puesto de trabajo, lo cual lleva al cáncer como enfermedad profesional”. Estos agentes cancerígenos se encuentran recogidos en el Cuadro de Enfermedad Profesional, en el Grupo 6 de Enfermedades causadas por Agentes Carcinogénicos en el Anexo I del Real Decreto  1299/2006. En éste se recogen 17 agentes causales como: amianto, aminas aromáticas, arsénico y sus compuestos, benceno, berilio, cadmio, bis-(cloro-metil) Éter, cloruro de vinilo monómero, cromo VI y compuestos de cromo VI, hidrocarburos, níquel, polvo de madera dura, radón, radiación ionizante, aminas, nitrobenceno, ácido cianhídrico y cianuros.

Si bien el cáncer profesional está reconocido y recogido por ley, en nuestro país parece que no se contemplan los cánceres de origen laboral como deberían. Hasta el mes de noviembre de 2017, únicamente se habían declarado 50 enfermedades profesionales causadas por agentes cancerígenos, hay, por tanto, una clara infradeclaración de éstas. Esto ocasiona un grave perjuicio, no sólo para la persona trabajadora afectada y sus familias, sino para la sociedad en su conjunto. Según las cifras que el propio Ministerio de Empleo y Seguridad Social publica a través del Observatorio de las Contingencias Profesionales, se han registrado 50 enfermedades profesionales del Grupo 6 Carcinógenos de las que 32 fueron causadas por amianto. Cabe recordar que en el año 2016 se registraron 36 enfermedades profesionales en el mencionado grupo, de las que 24 fueron por amianto.

Está claro que queda mucho por hacer para prevenir esta enfermedad en el entorno laboral, por ello desde 2016 y hasta 2020, la Comisión Europea se encuentra revisando la principal herramienta legal para abordar el cáncer laboral en Europa, la Directiva 2004/37/CE de agentes cancerígenos y mutágenos en el trabajo.  La propuesta de la Comisión Europea se está centrando en establecer nuevos Valores Límite Ambientales (VLA) para algunas sustancias, por el momento sólo se han fijado valores para 19 sustancias, aunque son claramente mejorables.

Algo sin duda a mejorar, es que la Directiva no contempla la vigilancia de la salud postocupacional de los trabajadores que durante su jornada laboral han estado expuestos a agentes cancerígenos y mutágenos, aunque sí recoge esta obligación la legislación española. De tal modo, tampoco se regula la obligación de priorizar la sustitución de agentes cancerígenos, ni de realizar registros de trabajadores expuestos y de casos de cáncer laboral.

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